México
Avanza en comisiones el estado de excepción
El dictamen contempla que el Ejecutivo restrinja derechos y garantías
CIUDAD DE MÉXICO (29/ABR/2014).- En medio de una gran cautela y a puerta cerrada, las comisiones Unidas de Derechos Humanos, Gobernación, Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron la la ley reglamentaria del Artículo 29 constitucional que tiene por objeto regular el procedimiento para decretar la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y garantías.
El dictamen, que todavía requiere la aprobación del Pleno, contempla la concesión de autorizaciones que se estimen necesarias para que el titular del Ejecutivo federal declare un estado de excepción frente a una situación o en un lugar determinado con motivo de una amenaza.
De acuerdo a los senadores, la reforma señala que la suspensión tendrá como único fin reestablecer la normalidad y garantizar el goce de los derechos humanos.
Sin embargo, ayer diversas organizaciones expresaron su total rechazo a la aprobación de la Ley, ya que dijeron es “regresiva, ambigua y discrecional” ya que permite la criminalización de la protesta social.
También expresaron un extrañamiento a las declaraciones de la senadora Angélica de la Peña, quien afirmó que consultaron a diversas organizaciones antes de aprobarla.
“Por tratarse de un mecanismo que puede suspender y limitar el ordenamiento constitucional, su discusión requiere de la mayor difusión”, finalizaron las ONG.
Con información de Sinembargo.mx
SABER MÁS
¿En qué consiste?
La restricción o suspensión de garantías procederá en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u “otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”.
El Ejecutivo someterá la medida al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente. Los legisladores deberá resolver la medida en un periodo máximo de 48 horas.
El dictamen, que todavía requiere la aprobación del Pleno, contempla la concesión de autorizaciones que se estimen necesarias para que el titular del Ejecutivo federal declare un estado de excepción frente a una situación o en un lugar determinado con motivo de una amenaza.
De acuerdo a los senadores, la reforma señala que la suspensión tendrá como único fin reestablecer la normalidad y garantizar el goce de los derechos humanos.
Sin embargo, ayer diversas organizaciones expresaron su total rechazo a la aprobación de la Ley, ya que dijeron es “regresiva, ambigua y discrecional” ya que permite la criminalización de la protesta social.
También expresaron un extrañamiento a las declaraciones de la senadora Angélica de la Peña, quien afirmó que consultaron a diversas organizaciones antes de aprobarla.
“Por tratarse de un mecanismo que puede suspender y limitar el ordenamiento constitucional, su discusión requiere de la mayor difusión”, finalizaron las ONG.
Con información de Sinembargo.mx
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¿En qué consiste?
La restricción o suspensión de garantías procederá en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u “otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”.
El Ejecutivo someterá la medida al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente. Los legisladores deberá resolver la medida en un periodo máximo de 48 horas.