México

Advierten violación a los derechos de mujeres por reformas antiaborto

Veracruz modificó su Constitución en 2009 para defender la vida desde el momento de su concepción hasta la muerte natural

CIUDAD DE MÉXICO.- Hace cuatro meses la indígena maya Ysuri Zac Nicté Pol estaba embarazada de su tercer hijo. Hacía el aseo de su casa y cuidaba a sus hijos menores de cinco años de edad. Ahora, esta mujer de 22 años de edad, enfrenta un proceso penal por aborto y homicidio culposo.

El 17 de octubre pasado Ysuri Zac hacía algunos cambios en su casa. En su declaración ministerial dice que cargó algunos muebles para modificar su ubicación y enseguida sintió un fuerte dolor y observó una hemorragia que la obligó a trasladarse a los servicios de urgencias del hospital municipal en Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo.

El sangrado fue producto de un aborto espontáneo. En ese mismo hospital, los médicos dieron aviso al Ministerio Público y en cuanto fue dada de alta, las autoridades iniciaron una averiguación previa en su contra por homicidio.

El Ministerio Público la detuvo, le dictó auto de formal prisión y hoy, esta indígena originaria del poblado de Los Sabidos está presa en el Centro de Readaptación Social de Chetumal.

Las recientes reformas

La más reciente modificación a la Constitución se hizo el 17 de noviembre del año pasado en Veracruz. Su Congreso, con 39 votos a favor, seis en contra y cero abstenciones, reformó el Artículo Cuarto Constitucional en el que se establece “la defensa de la vida desde la concepción y hasta la muerte natural”.

La exposición de motivos de la iniciativa de reforma refiere que “si bien el hombre posee derechos naturales como el derecho a la vida, la libertad y a la salud, entre otros, es necesario que los gobiernos consagren las garantías individuales dentro de sus ordenamientos jurídicos a fin de darles eficacia y dotarles de medios procesales adecuados para evitar o restaurar las violaciones que se cometen en su contra”.

“Resulta contradictorio desde el plano jurídico que el Código Civil le otorgue derechos y obligaciones al no nacido y que el máximo ordenamiento como es la Constitución no garantice el derecho a la vida de las personas desde su concepción, cuando otras leyes otorgan derechos cuyo objeto es reconocer y proteger la vida de los seres humanos”.

Sustentan lo anterior, con que el derecho a la vida está plasmado en el Artículo Tercero de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Sexto del Pacto Internacional de Derechos Civiles.

“Con ello se demuestra que diversos ordenamientos nacionales como extranjeros protegen la vida desde la concepción, por lo que la Constitución Política Mexicana y la Constitución de Veracruz presentan un rezago en la materia”.

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