Jalisco

Tribunal Electoral desecha juicio interpuesto por panista

Gustavo Jazmany ya había presentado un recurso para impugnar los resultados del proceso selectivo para elegir al secretario del Comité

GUADALAJARA, JALISCO (29/ENE/2013).- La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó en sesión pública el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano identificado con la clave SG-JDC-2/2013, Gustavo Jazmany Lepe Soltero, por improcedente; el responsable o demandado es el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) en Jalisco.
 
La sentencia del caso, fechada el 29 de enero de 2013 y que puede consultarse en línea, consigna que el 28 de octubre de 2012 se llevó a cabo la VII Asamblea Estatal de Acción Juvenil del Partido Acción Nacional en Jalisco, para elegir a su secretario; Gustavo Jazmany era candidato.
 
Más tarde, el 1 de noviembre Lepe Soltero promovió juicio ciudadano (clave SG-JDC-5681/2012) en la sala regional contra los resultados del proceso selectivo en el que resultó vencedor Édgar López Jaramillo, pero 26 días después fue declarado improcedente; se ordenó al Comité Directivo Estatal revisar el tema.    
 
El 15 de enero Gustavo Jazmany presentó nuevamente un juicio (SG-JDC-2/2013), aduciendo la omisión del órgano partidista señalado como responsable de resolver el medio de impugnación; no obstante, como el Comité Directivo Estatal del PAN dictó una resolución, el Tribunal procedió este mediodía a desechar de plano el juicio por la no inexistencia de la omisión reclamada.
 
"Lo que nosotros teníamos que resolver era obligar al PAN a que emitiera una resolución, pero un día antes (de presentar el juicio en el tribunal) ya lo habían hecho (14 de enero)", explicó Nahomi Ramírez, secretario ejecutivo del órgano jurisdiccional.  
 
Por su parte, Luis Miguel Hernández Alacázar, abogado del Comité Directivo Estatal, dijo que aún no se puede dar a conocer la resolución del 14 de enero, por existir "recursos pendientes" en el caso, pero en la sentencia del tribunal electoral se indica que en el informe circunstanciado del PAN sostienen: "La ratificación realizada por el Comité Directivo Estatal de los miembros integrantes de la Secretaría Estatal de Acción Juvenil, se encuentra apegado a lo que marca el artículo 31 del reglamento de Acción Juvenil". Es decir, aseveró Hernández Alacázar, se actuó conforme a derecho y a los estatutos del partido.   
 
Nahomi Ramírez explicó que al caso le queda camino, pues Lepe Soltero puede inconformarse aún e interponer un nuevo juicio por la resolución de enero al interior del PAN. Hernández Alacázar también aseguró que quien aspiraba a ser secretario de Acción Juvenil puede acudir al tribunal federal o al Comité Ejecutivo Nacional del PAN.
 
Este medio busca conocer la versión de Gustavo Jazmany Lepe Soltero.
 
EL INFORMADOR / MIRIAM PADILLA

Temas

Sigue navegando