Jalisco
Revisan áreas de conservación en Los Colomos
Luego del amparo presentado en días pasados para hacer cumplir el decreto que restringe la urbanización en el bosque
GUADALAJARA, JALISCO (23/FEB/2016).- Autoridades de la Procuraduría Social del Estado de Jalisco acudieron la mañana de este martes a las instalaciones del bosque
Los Colomos a realizar un recorrido por las zonas de conservación que pueden verse en riesgo por la edificación de nuevas contrucciones.
Ésto, como parte del amparo presentado en días pasados para hacer cumplir el decreto del 21 de agosto de 1984, que restringe la urbanización y construcciones en la zona del bosque.
Lo que se buscaba era mostrar a la opinión pública y a representantes del Poder Judicial los sitios identificados como de conservación intensa y de conservación media, los cuales restringen cualquier tipo de construción (salvo que sean áreas verdes) toda vez que pueden poner en riesgo los mantos freáticos que dan pie a numerosos nacimientos de agua.
El procurador Social, Carlos Trejo Herrera, insistió en que una de las principales causas para que se evite la urbanización de más predios en la zona es por el daño que se puede ocasionar a estos nacimientos: "La determinación fue proteger el agua".
El pasado 27 de enero se presentó un amparo por parte de colectivos, asociaciones y de la propia Procuraduría Social, el cual fue respaldado por 22 mil firmas de ciudadanos. El amparo pretende que se haga cumplir el decreto de 1984, que pese a que establece prohibiciones y restricciones en la construcción de edificios y demás infraestructura, ha sido violentado en distintas ocasiones.
En el recorrido estuvo Alejandro Gutiérrez Moreno, director técnico del Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado ( SIAPA). Entre los puntos visitados se hallaba el predio conocido como "El Barreno", donde se halla el nacimiento de agua más importante del bosque toda vez que genera un volumen de 80 litros por segundo.
En Los Colomos existen 11 nacimientos de agua, en derredor de los cuales se delimitó un radio de conservación intensa de 100 metros donde no puede permitirse construcción alguna; y un radio de 250 metros de conservación media donde se permiten sólo áreas verdes, de acuerdo al citado decreto.
Sin embargo, próximo a "El Barreno" hay un predio sobre Patria que ya había comenzado movimientos de tierra con intenciones de levantar edificaciones. En éste, hay un guardia apostado en una caseta en el interior del inmueble, pese a que muestra sellos de clausura.
Otro sitio visitado en Patria, junto a un centro comercial al cruce con Acueducto, que al parecer tampoco permite edificación, se hallan también obras detenidas. En ese punto un espectacular promociona un complejo habitacional vertical. Junto a éstos hay una agencia de autos que al parecer se levantó en contravención a las restricciones.
Trejo Herrera insistió que esperan que el amparo permita finalmente frenar cualquier intento de nuevas edificaciones en la zona: "Lo cierto que Colomos es propiedad del estado y el gobernador no va a ceder más espacios de los que ya le han quitado y vamos por la recuperación".
SABER MÁS
Ley que aprueba el plan parcial de urbanización y control de la edificación para la protección ecológica de la zona de Los Colomos:
Artículo 20. Las áreas de conservación se regirán por las siguientes normas
I. Conservación Intensa: Se establece en el área comprendida dentro del círculo generado por un radio de 100 metros, a partir del borde natural de los manantiales existentes, y en la franja de 20.00 metros, a partir del límite natural de los cauces de los arroyos y escurrimientos, y a ambos lados del mismo.
En dicha área, no se permitirá ninguna alteración negativa de las condiciones naturales existentes, siendo obligatorio el tratamiento de sus superficies con césped y vegetación apropiada. Estarán prohibidas todo tipo de instalaciones permanentes o temporales y quedará totalmente restringido el acceso del público a las áreas de conservación intensa, en el caso de los manantiales.
II. Conservación Media: Se establece en la corona comprendida entre el área de conservación intensa de los manantiales y el círculo generado por un radio de 250.00 metros, a partir del borde natural de los manantiales existentes (...) En estas áreas, solo se permitirán funciones de recuperación [sic] y esparcimiento al aire libre, tales como campos deportivos, campos de golf, parques y jardines, siempre que garanticen la infiltración de las aguas pluviales y el desalojo adecuado de los desechos hacia fuera de la cuenca. Quedan restringidas, igualmente, las edificaciones e instalaciones permanentes y temporales, a excepción de las de carácter estrictamente sanitario para servicio de los usuarios de estas áreas.
EL INFORMADOR / SERGIO BLANCO
Ésto, como parte del amparo presentado en días pasados para hacer cumplir el decreto del 21 de agosto de 1984, que restringe la urbanización y construcciones en la zona del bosque.
Lo que se buscaba era mostrar a la opinión pública y a representantes del Poder Judicial los sitios identificados como de conservación intensa y de conservación media, los cuales restringen cualquier tipo de construción (salvo que sean áreas verdes) toda vez que pueden poner en riesgo los mantos freáticos que dan pie a numerosos nacimientos de agua.
El procurador Social, Carlos Trejo Herrera, insistió en que una de las principales causas para que se evite la urbanización de más predios en la zona es por el daño que se puede ocasionar a estos nacimientos: "La determinación fue proteger el agua".
El pasado 27 de enero se presentó un amparo por parte de colectivos, asociaciones y de la propia Procuraduría Social, el cual fue respaldado por 22 mil firmas de ciudadanos. El amparo pretende que se haga cumplir el decreto de 1984, que pese a que establece prohibiciones y restricciones en la construcción de edificios y demás infraestructura, ha sido violentado en distintas ocasiones.
En el recorrido estuvo Alejandro Gutiérrez Moreno, director técnico del Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado ( SIAPA). Entre los puntos visitados se hallaba el predio conocido como "El Barreno", donde se halla el nacimiento de agua más importante del bosque toda vez que genera un volumen de 80 litros por segundo.
En Los Colomos existen 11 nacimientos de agua, en derredor de los cuales se delimitó un radio de conservación intensa de 100 metros donde no puede permitirse construcción alguna; y un radio de 250 metros de conservación media donde se permiten sólo áreas verdes, de acuerdo al citado decreto.
Sin embargo, próximo a "El Barreno" hay un predio sobre Patria que ya había comenzado movimientos de tierra con intenciones de levantar edificaciones. En éste, hay un guardia apostado en una caseta en el interior del inmueble, pese a que muestra sellos de clausura.
Otro sitio visitado en Patria, junto a un centro comercial al cruce con Acueducto, que al parecer tampoco permite edificación, se hallan también obras detenidas. En ese punto un espectacular promociona un complejo habitacional vertical. Junto a éstos hay una agencia de autos que al parecer se levantó en contravención a las restricciones.
Trejo Herrera insistió que esperan que el amparo permita finalmente frenar cualquier intento de nuevas edificaciones en la zona: "Lo cierto que Colomos es propiedad del estado y el gobernador no va a ceder más espacios de los que ya le han quitado y vamos por la recuperación".
SABER MÁS
Ley que aprueba el plan parcial de urbanización y control de la edificación para la protección ecológica de la zona de Los Colomos:
Artículo 20. Las áreas de conservación se regirán por las siguientes normas
I. Conservación Intensa: Se establece en el área comprendida dentro del círculo generado por un radio de 100 metros, a partir del borde natural de los manantiales existentes, y en la franja de 20.00 metros, a partir del límite natural de los cauces de los arroyos y escurrimientos, y a ambos lados del mismo.
En dicha área, no se permitirá ninguna alteración negativa de las condiciones naturales existentes, siendo obligatorio el tratamiento de sus superficies con césped y vegetación apropiada. Estarán prohibidas todo tipo de instalaciones permanentes o temporales y quedará totalmente restringido el acceso del público a las áreas de conservación intensa, en el caso de los manantiales.
II. Conservación Media: Se establece en la corona comprendida entre el área de conservación intensa de los manantiales y el círculo generado por un radio de 250.00 metros, a partir del borde natural de los manantiales existentes (...) En estas áreas, solo se permitirán funciones de recuperación [sic] y esparcimiento al aire libre, tales como campos deportivos, campos de golf, parques y jardines, siempre que garanticen la infiltración de las aguas pluviales y el desalojo adecuado de los desechos hacia fuera de la cuenca. Quedan restringidas, igualmente, las edificaciones e instalaciones permanentes y temporales, a excepción de las de carácter estrictamente sanitario para servicio de los usuarios de estas áreas.
EL INFORMADOR / SERGIO BLANCO