Jalisco

Organismo ''Bosque de La Primavera'' tendrá facultades de sanción

El recién creado OPD podrá denunciar penalmente contra quienes atenten contra el bosque

GUADALAJARA, JALISCO (20/SEP/2013).- La recién aprobada Ley que crea el Organismo Público Descentralizado (OPD) denominado '' El Bosque de La Primavera'' tendrá facultades para presentar denuncias penales y administrativas en contra de quienes atenten contra "el pulmón" de la Zona Metropolitana de Guadalajara (ZMG), dio a conocer la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial ( Semadet), Magdalena Ruiz Mejía.
 
Acompañada por Miguel Castro, líder de la fracción parlamentaria del PRI en el Congreso local, la funcionaria estatal señaló que una vez que se publique la nueva norma en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, que podría ser la próxima semana, la OPD se conformará como una figura de autoridad.
 
"Será un organismo de autoridad, de autonomía, con capacidad para ejercer la ley, sobre todo en lo que tienen que ver con las normas ambientales con una plataforma de un alto nivel de corresponsabilidad y de gestión porque se incluyeron representantes en su Junta de Gobierno a los principales actores de medio ambiente y sustentabilidad, los municipios de influencia por su responsabilidad directa, en los que se incluyeron además a Guadalajara, Tlaquepaque y Tonalá, ya que éstos son beneficiarios de los servicios ambientales del bosque", explicó la titular de la Semadet.
 
Magdalena Ruiz Mejía señaló que por primera vez en el país, se reconoce la representación de los propietarios tanto privados como ejidales, a quienes se les da espacios en la Junta de Gobierno para que emitan sus comentarios y sus puntos de vista en torno a las decisiones que se tomarán en beneficio y conservación de La Primavera.
 
La secretaria de Medio Ambiente informó que en breve se emitirá la convocatoria a nivel nacional y regional para buscar a la persona que fungirá como director de la OPD.
 
"Su perfil debe ser profesional, debe estar enfocado en una vasta experiencia en el manejo de Áreas Naturales Protegidas".
 
Ruiz Mejía dijo que es necesario reconocer los modelos de conservación y mantenimiento de los servicios eco-sistémicos, así como la conjugación de los programas productivos sustentables que siempre deben ir acordes a la vocación del territorio, "por lo tanto el Bosque La Primavera se convierte en una prioridad para el actual Gobierno del Estado".
 
El dato
 
El Bosque la Primavera tiene una zona de influencia de servicios ambientales a más de 4.5 millones de personas.
 
MC cuestiona integración de la Junta de Gobierno
 
El coordinador de los diputados de MC, Clemente Castañeda fijó la posición de esa bancada dijo que en lo general votaron a favor de la creación de la Ley del Organismo Público Descentralizado (OPD) denominado Bosque La Primavera "porque nos parece que es un modelo de gestión que innova y que le permitirá al bosque tener gobernanza y buena orientación en el manejo de su administración para la protección del bosque y también porque surge de un proceso legislativo que tiene su origen en la visión de muchos expertos, activistas y organizaciones de la sociedad civil enfocadas a la protección y defensa del Bosque La Primavera".
 
Sin embargo, el líder parlamentario cuestionó la integración de la Junta de Gobierno y lo que se refiere en lo particular al artículo 8, punto que los diputados de MC y del PRD votaron en contra porque desde su punto de vista es una Junta con muchos integrantes que complicará la toma de decisiones y también se manifestaron en contra de otorgarle un espacio en la Junta de Gobierno a un diputado.
 
"Consideramos que es muy amplia la integración de ésta, y creemos que el Poder Legislativo no tiene absolutamente nada que estar haciendo allí por lo que en lo particular, en la integración de la Junta de Gobierno, Movimiento Ciudadano se opuso de que se integrara a un diputado".
 
Clemente Castañeda dijo que su posicionamiento es porque desde su punto de vista, los organismos técnicos no deben de tener tintes partidistas.
 
Las claves de la Ley del OPD Bosque de La Primavera

Artículo 1
Se crea el OPD Bosque de La Primavera que estará dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, tiene como objeto administrar el manejo del área de Protección de Flora y Fauna La Primavera
 
Artículo 2
Se crea con el objetivo de llevar a cabo la administración y manejo del área de  Protección de Flora y Fauna La Primavera y se le otorgan atribuciones y facultades para el manejo y realización de actos de autoridad
 
Artículo 5
El Organismo tendrá los objetivos de:
• Ejercer atribuciones de administración, manejo y gestión del área de protección
• Coordinar la participación de los gobiernos municipales
• Realizar actos que posibiliten y potencialicen el alcance de los objetivos del organismo
 
 Artículo 6
 Atribuciones del Organismo
•Ejecutar actividades y acciones orientadas al cumplimiento de objetivos de conservación y preservación
• Recibir y ejercer recursos que se autoricen en el Presupuesto de Egresos
• Adquirir tierras y propiedades dentro del área de protección
• Gestionar, administrar y ejercer donativos, aportaciones, asignaciones y otros recursos numerarios o en espacie, aportados por la federación, el Congreso, el Ejecutivo o los municipios
• Presentar denuncias ante autoridades cuando cometan actos que dañen el ecosistema
• Autorizar servicios, permisos y concesiones que se requieran para la consecución de los objetivos previa validación del Comité Científico.
 
Artículo 7
El Organismo estará integrado por:
Junta de Gobierno
Comité Ciudadano: Estará conformado por cuatro representantes de universidades o institutos; ocho representantes de la sociedad civil, un representante por cada ejido, cuatro representantes de los propietarios de predios particulares.
Comité Científico
Dirección General
Órgano de Vigilancia
Estructura administrativa que determine el Reglamento Interno
 
Artículo 8
La Junta de Gobierno integrada por más de 20 espacios, entre ciudadanos, especialistas, ejidatarios, académicos, funcionarios federales, estatales y municipales, además de un espacio para un diputado que la propuesta original del gobernador, Aristóteles Sandoval no incluía.
 
Artículo 11
La Junta de Gobierno nombrará un director general, para lo que publicará la convocatoria en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco y elegirán con dos terceras partes de los integrantes de la Junta de Gobierno a tres candidatos, el gobernador designará a una persona entre las tres propuestas remitidas por la Junta de Gobierno.
 
Artículo 16
Queda prohibido a los representantes de la Junta de Gobierno realizar actividades políticas, partidista o de proselitismo.
 
Artículo 30
Son causas de extinción del Organismo cuando deje de cumplir sus fines y objetos, cuando su funcionamiento no resulte viable financieramente o sea innecesario de acuerdo al interés público que persigue.
 
Artículo 32 y 33
 
El Órgano de Vigilancia del OPD se integra por un comisario público propietario y un suplente, desinados por la Contraloría del Estado. El órgano depende administrativamente del Director General, pero gozará de autonomía en el ejercicio de sus atribuciones. El comisario evaluará el desempeño del OPD, evaluará los sistemas, mecanismos y procedimientos, realizará estudios sobre la eficiencia en el ejercicio del gasto corriente y de inversión
 
Transitorios

• El Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación
• La Junta de Gobierno deberá integrarse en un plazo no mayor de 90 días siguientes de la entrada en vigor del decreto
• La Junta de Gobierno tendrá 90 días para emitir convocatoria y elegir al Director General del Organismo
• El Titular del Poder Ejecutivo, expedirá un Reglamento Interno del Organismo en un plazo no mayor de 180 días
 
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ

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