Jalisco
Ordenan a Finanzas devolver 17.6 MDP a empresa de seguridad
El conflicto se debe a que la empresa depositaba a la Secretaría el pago de nómina de un policía privado, pero el gobierno la pagaba como seguridad pública
GUADALAJARA, JALISCO (25/ABR/2013).- La Secretaría de Finanzas, ahora Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas deberá hacer una devolución de 17.6 millones de pesos que reclama la empresa de seguridad privada Probain de Occidente, conforme a un ordenamiento judicial.
"Por la concesión del amparo se ordenó la devolución de las cantidades que se pagaron a Finanzas sobre el pago de unas nóminas a policías privados, que se supone depositó el inconforme. Se lo tienen que devolver porque él no debió haberle pagado esas cantidades a Finanzas", mencionó la magistrada Patricia Campos González, al término de la sesión del Tribunal de lo Administrativo del Estado (TAE) en donde se analizó el tema y aprobó la devolución del recurso.
El conflicto que se plantea por la empresa, es que realizaba depósitos monetarios a la Secretaría de Finanzas para el pago de nómina de una policía que él tenía como privada, pero que el gobierno la pagaba como seguridad pública. El recurso reclamado corresponde al periodo 2003-2008.
"Aquí empieza el conflicto porque los policías de seguridad privada no son policía auxiliar que esté obligado el Estado a estarles pagando vía nómina y tampoco el actor está obligado a estarle depositando a la Secretaría de Finanzas", detalló la funcionaria.
El amparo directo 487/2012 emitido por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, le concede a la prestadora de los servicios de seguridad privada que no está obligada a realizar de pago de salarios y prestaciones inherentes a los cargos de policía auxiliar, a través de la Secretaría de Finanzas, como sucedía.
El amparo revisado este jueves, es el tercero que le conceden instancias judiciales federales a Probain de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; los dos anteriores las había rechazado el TAE.
"Ya no tenemos argumentos para favorecer al Estado porque todo lo que se discutió ya les dijimos que no, y ya me dicen (en el tercer amparo) que eso no lo vuelva a decir, pues ya qué digo: Pues que se los entreguen (el recurso)", manifestó la magistrada.
Mencionó que anteriormente el TAE había establecido que no procedía el pago a la empresa, considerando que hizo los depósitos de manera voluntaria y prestaba un servicio de policía privada que pagaba vía nómina el Estado.
EL INFORMADOR / LETICIA FONSECA
"Por la concesión del amparo se ordenó la devolución de las cantidades que se pagaron a Finanzas sobre el pago de unas nóminas a policías privados, que se supone depositó el inconforme. Se lo tienen que devolver porque él no debió haberle pagado esas cantidades a Finanzas", mencionó la magistrada Patricia Campos González, al término de la sesión del Tribunal de lo Administrativo del Estado (TAE) en donde se analizó el tema y aprobó la devolución del recurso.
El conflicto que se plantea por la empresa, es que realizaba depósitos monetarios a la Secretaría de Finanzas para el pago de nómina de una policía que él tenía como privada, pero que el gobierno la pagaba como seguridad pública. El recurso reclamado corresponde al periodo 2003-2008.
"Aquí empieza el conflicto porque los policías de seguridad privada no son policía auxiliar que esté obligado el Estado a estarles pagando vía nómina y tampoco el actor está obligado a estarle depositando a la Secretaría de Finanzas", detalló la funcionaria.
El amparo directo 487/2012 emitido por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, le concede a la prestadora de los servicios de seguridad privada que no está obligada a realizar de pago de salarios y prestaciones inherentes a los cargos de policía auxiliar, a través de la Secretaría de Finanzas, como sucedía.
El amparo revisado este jueves, es el tercero que le conceden instancias judiciales federales a Probain de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; los dos anteriores las había rechazado el TAE.
"Ya no tenemos argumentos para favorecer al Estado porque todo lo que se discutió ya les dijimos que no, y ya me dicen (en el tercer amparo) que eso no lo vuelva a decir, pues ya qué digo: Pues que se los entreguen (el recurso)", manifestó la magistrada.
Mencionó que anteriormente el TAE había establecido que no procedía el pago a la empresa, considerando que hizo los depósitos de manera voluntaria y prestaba un servicio de policía privada que pagaba vía nómina el Estado.
EL INFORMADOR / LETICIA FONSECA