Jalisco
Emite PRD Jalisco resolutivo sobre política de alianzas y candidaturas
Para la selección del candidato a gobernador, dice que deberá definirse por un método democrático; para aspirantes candidaturas de los municipios con más de 50 mil habitantes, aprueban encuestas
GUADALAJARA, JALISCO (29/ENE/2012).- El Partido de la Revolución Democrática (PRD) en Jalisco emitió un resolutivo tras el Segundo Pleno extraordinario del VII Consejo Estatal, relativo a la política de alianzas, coaliciones y candidaturas para los comicios de 2012.
El Consejo del PRD acordó constituir una coalición total que abarque la elección de gobernador del estado, los 20 Distritos de mayoría relativa, que integran la geografía electoral en el estado.
Asimismo, los 125 ayuntamientos de Jalisco, con los partidos políticos nacionales denominados Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano.
La coalición será suscrita por los partidos políticos coaligados, y se procurará integrar en ella al mayor número de agrupaciones, organizaciones ciudadanas, frentes, y demás organizaciones de la sociedad civil.
El gobierno de la coalición será conformado por una Comisión Ejecutiva integrada con la presencia ponderada de los tres partidos políticos coaligados, atendiendo el sentido de la proporcionalidad.
Así, tomando como base los resultados electorales obtenidos por cada instituto político en el proceso electoral local de 2009, la representación jurídico electoral recaerá en la persona que para tales efectos designe el PRD Jalisco.
Para la selección del candidato a gobernador, deberá definirse un método democrático, de conformidad con lo establecido en la normatividad interna del PRD.
La asignación de los distritos electorales en los que cada partido político coaligado propondrá candidatos a diputados de mayoría relativa, se realizará atendiendo el principio de proporcionalidad, tomando como referencia los resultados electorales de 2009.
La distribución cualitativa, se hará asignado a cada partido político los distritos en donde este, hubiese obtenido mayor porcentaje de votación.
La selección de las candidaturas a los ayuntamientos se realizará atendiendo los siguientes principios: en los 20 municipios del estado con más de 50 mil habitantes y que concentran más de 70% de la población total de Jalisco, el candidato será seleccionado mediante el método de la encuesta.
La conformación de la planilla se realizará siguiendo el principio de proporcionalidad y tomando como base los resultados obtenidos por los partidos políticos coaligados en el proceso electoral de 2009.
En el caso de los municipios encuadrados dentro de este supuesto, quien resulte ganador de la encuesta propondrá a quien ocupará la candidatura de síndico, sin menoscabo de las propuestas que pudiera realizar el partido político u organización que lo hubiese propuesto.
En caso de que la diferencia entre dos o más precandidatos no superara el margen de error de la aproximación estadística, la definición de la candidatura corresponderá al partido político con mayor presencia en el municipio.
En los 105 municipios restantes, el nombramiento del candidato a presidente municipal se realizará siguiendo el principio de proporcionalidad, y tomando como base el resultado de la elección 2009 en el ámbito local.
En caso de que existieran dos o más propuestas competitivas en alguno de los municipios encuadrados en el supuesto anterior, el órgano de gobierno de la coalición podrá incluir hasta 10% de los municipios encuadrados mediante el método de la encuesta.
A la firma del convenio de coalición, el órgano de gobierno de la misma definirá, las fechas, metodología y empresas que participarán en el levantamiento de las encuestas.
El financiamiento de la coalición observará el principio de la proporcionalidad, que el total de los recursos sea igual a las prerrogativas extraordinarias que recibirá el PRD, al ser este el único partido coaligado con derecho a prerrogativas estatales.
La administración de los recursos de la coalición se realizará mediante un consejo de administración que en su integración atenderá el principio de proporcionalidad que se ha invocado en el quinto resolutivo.
Para los tiempos de campaña en Televisión y Radio también se observará el principio de proporcionalidad.
En el caso de la lista de diputados de representación proporcional, la fracción 3 del artículo 105 del Código Electoral y de Participación Ciudadana estatal señala que cada partido deberá registrar lista propia.
El VII Consejo Estatal del PRD Jalisco resuelve que, con el fin de promover la participación de personalidades de la sociedad civil y de representantes de organizaciones sociales en caso de alianza o coalición la lista de diputados de representación proporcional, se conformará siguiendo los procedimientos legales y estatutarios.
Los espacios reservados para la coalición serán designados por el órgano de gobierno de la misma.
Se faculta al Comité Ejecutivo Estatal para resolver lo no previsto en el resolutivo y para integrar la propuesta de convenio de coalición en los términos legales y estatuarios.
Además, se instruye al presidente del Comité Ejecutivo Estatal para que notifique el presente resolutivo a la Comisión Política Nacional y a la Mesa Directiva del Consejo Nacional.
El resolutivo es firmado por el presidente de la Mesa Directiva del Consejo estatal del PRD, Juan Manuel Soto; así como el vicepresidente, Juan Ramón Álvarez, y los secretarios vocales José Félix Chávez, María López Virgen y María de Jesús Morones.
El Consejo del PRD acordó constituir una coalición total que abarque la elección de gobernador del estado, los 20 Distritos de mayoría relativa, que integran la geografía electoral en el estado.
Asimismo, los 125 ayuntamientos de Jalisco, con los partidos políticos nacionales denominados Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano.
La coalición será suscrita por los partidos políticos coaligados, y se procurará integrar en ella al mayor número de agrupaciones, organizaciones ciudadanas, frentes, y demás organizaciones de la sociedad civil.
El gobierno de la coalición será conformado por una Comisión Ejecutiva integrada con la presencia ponderada de los tres partidos políticos coaligados, atendiendo el sentido de la proporcionalidad.
Así, tomando como base los resultados electorales obtenidos por cada instituto político en el proceso electoral local de 2009, la representación jurídico electoral recaerá en la persona que para tales efectos designe el PRD Jalisco.
Para la selección del candidato a gobernador, deberá definirse un método democrático, de conformidad con lo establecido en la normatividad interna del PRD.
La asignación de los distritos electorales en los que cada partido político coaligado propondrá candidatos a diputados de mayoría relativa, se realizará atendiendo el principio de proporcionalidad, tomando como referencia los resultados electorales de 2009.
La distribución cualitativa, se hará asignado a cada partido político los distritos en donde este, hubiese obtenido mayor porcentaje de votación.
La selección de las candidaturas a los ayuntamientos se realizará atendiendo los siguientes principios: en los 20 municipios del estado con más de 50 mil habitantes y que concentran más de 70% de la población total de Jalisco, el candidato será seleccionado mediante el método de la encuesta.
La conformación de la planilla se realizará siguiendo el principio de proporcionalidad y tomando como base los resultados obtenidos por los partidos políticos coaligados en el proceso electoral de 2009.
En el caso de los municipios encuadrados dentro de este supuesto, quien resulte ganador de la encuesta propondrá a quien ocupará la candidatura de síndico, sin menoscabo de las propuestas que pudiera realizar el partido político u organización que lo hubiese propuesto.
En caso de que la diferencia entre dos o más precandidatos no superara el margen de error de la aproximación estadística, la definición de la candidatura corresponderá al partido político con mayor presencia en el municipio.
En los 105 municipios restantes, el nombramiento del candidato a presidente municipal se realizará siguiendo el principio de proporcionalidad, y tomando como base el resultado de la elección 2009 en el ámbito local.
En caso de que existieran dos o más propuestas competitivas en alguno de los municipios encuadrados en el supuesto anterior, el órgano de gobierno de la coalición podrá incluir hasta 10% de los municipios encuadrados mediante el método de la encuesta.
A la firma del convenio de coalición, el órgano de gobierno de la misma definirá, las fechas, metodología y empresas que participarán en el levantamiento de las encuestas.
El financiamiento de la coalición observará el principio de la proporcionalidad, que el total de los recursos sea igual a las prerrogativas extraordinarias que recibirá el PRD, al ser este el único partido coaligado con derecho a prerrogativas estatales.
La administración de los recursos de la coalición se realizará mediante un consejo de administración que en su integración atenderá el principio de proporcionalidad que se ha invocado en el quinto resolutivo.
Para los tiempos de campaña en Televisión y Radio también se observará el principio de proporcionalidad.
En el caso de la lista de diputados de representación proporcional, la fracción 3 del artículo 105 del Código Electoral y de Participación Ciudadana estatal señala que cada partido deberá registrar lista propia.
El VII Consejo Estatal del PRD Jalisco resuelve que, con el fin de promover la participación de personalidades de la sociedad civil y de representantes de organizaciones sociales en caso de alianza o coalición la lista de diputados de representación proporcional, se conformará siguiendo los procedimientos legales y estatutarios.
Los espacios reservados para la coalición serán designados por el órgano de gobierno de la misma.
Se faculta al Comité Ejecutivo Estatal para resolver lo no previsto en el resolutivo y para integrar la propuesta de convenio de coalición en los términos legales y estatuarios.
Además, se instruye al presidente del Comité Ejecutivo Estatal para que notifique el presente resolutivo a la Comisión Política Nacional y a la Mesa Directiva del Consejo Nacional.
El resolutivo es firmado por el presidente de la Mesa Directiva del Consejo estatal del PRD, Juan Manuel Soto; así como el vicepresidente, Juan Ramón Álvarez, y los secretarios vocales José Félix Chávez, María López Virgen y María de Jesús Morones.