Jalisco

Dictamen de Ley de Movilidad aumenta sanciones a automovilistas

Diputados locales proponen nueva figura que sustituya a los mototaxis

GUADALAJARA, JALISCO (04/JUN/2013).- El dictamen de la Ley de Movilidad y Transporte aprobado en comisiones legislativas autoriza endurecer notablemente las multas para los automovilistas; por ejemplo, hasta entre 10 y 30 salarios mínimos a quienes no usen el cinturón de seguridad y la silla especial para sujetar a menores de 12 años. Actualmente la sanción es de uno y dos salarios mínimos, respectivamente; también los vehículos que invadan ciclovías serán castigados con ese monto, entre otros incrementos  por incumplimientos a la norma.
 
Los mototaxis no se incluyen en el documento. Se incorpora una nueva figura denominada cuencas alimentadoras para operar en lugar de esos vehículos, aseguró el diputado Martín López Cedillo, presidente de la Comisión de Vialidad, quien dijo que este tema se ubica en el artículo cinco en definiciones generales del transporte.
 
"El mototaxi no va a operar, el mototaxi desaparece porque hoy se crea una nueva figura que es la de las cuencas  alimentadoras, eso desplaza a esa figura para dar el servicio a todos los condominios que no tienen posibilidad  de ingresar otro tipo de vehículos, se está pensando en un vehículo especial".
 
El vehículo que dará el servicio en las cuencas alimentadoras deberá cumplir con la norma, será especial; tendrá un diseño para que sea eficiente y seguro para el usuario, subrayó.
 
Además de las cuencas alimentadoras se incorporó la modalidad de transporte rural.

En el dictamen aprobado en comisiones se eliminaron algunas propuestas del Ejecutivo en las causales de revocación de concesiones al transporte público. Es el caso de la que refería: cuando los prestadores del servicio de transporte público en cualquiera de sus modalidades por sí mismo o a través de sus operadores, que se haga acreedor a dos sanciones en un período de tres meses, cuatro sanciones en un periodo de seis meses u ocho sanciones en un lapso de un año y que las mismas sean calificadas con más de diez días de salario mínimo vigente en la Zona Metropolitana de Guadalajara o del área geográfica del Estado en donde se preste el servicio.
 
Tampoco se incluyó la que mencionaba como causal de revocación contravenir y no respetar los derechos laborales y demás disposiciones de la Ley federal del Trabajo, en perjuicio de operadores; "eran un poquito excesivas, exageradas", consideró el legislador, quien justificó que en la entrega de la concesión estarán firmadas las condicionantes que deben cumplir  los transportistas para mantener su permiso.
 
En el documento no se incluye la requisa, aunque  se estipula la reversión de las concesiones.
 
Asimismo, se estipula la sanción de cárcel inconmutable como falta administrativa a los conductores ebrios y la aplicación aleatoria del alcoholímetro; también se aplicará multa de 150 a 200 salarios mínimos a quienes infringen la norma en este tema.
 
En cuanto a la indexación de la tarifa, que es un tema que se reservó, el legislador está de acuerdo en que quede plasmada la consulta ciudadana y que incida en la fórmula con base a la cual se revisará el aumento, pero que no sea vinculante.
 
En el dictamen se establece que el aumento a la tarifa se revisará en el tercer trimestre del año y se aprobará en el cuarto.
 
Se prevé que mañana viernes sea votado en el pleno del Congreso el dictamen de la Ley de Movilidad.
 
EL INFORMADOR / LETICIA FONSECA

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