Jalisco
Continúa obligatoria norma para interrumpir embarazo en caso de violación
La NOM 046 establece la obligación del personal de salud a proporcionar anticoncepción de emergencia o servicios de interrupción del embarazo a mujeres víctimas de violación sexual
GUADALAJARA, JALISCO.- Los Hospitales de Jalisco siguen obligados a cumplir con la norma oficial 046, mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación no determine lo contrario, pese a la actual controversia constitucional para prohibir la interrupción legal del embarazo y anticoncepción de emergencia en casos de violación, iniciada por el gobernador Emilio González.
Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ), señala que “en caso de embarazo por violación y previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable, las instituciones públicas prestadoras de servicio de atención médica, deberán prestar servicio de aborto médico a solicitud de la víctima interesada”.
La NOM 046 establece la obligación del personal de salud a proporcionar anticoncepción de emergencia o servicios de interrupción del embarazo a mujeres víctimas de violación sexual.
Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ), señala que “en caso de embarazo por violación y previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable, las instituciones públicas prestadoras de servicio de atención médica, deberán prestar servicio de aborto médico a solicitud de la víctima interesada”.
La NOM 046 establece la obligación del personal de salud a proporcionar anticoncepción de emergencia o servicios de interrupción del embarazo a mujeres víctimas de violación sexual.