Jalisco
Autoridades defraudan al fisco al disponer de ISR, asegura experto
El presidente de la Academia de Derecho Fiscal de la UdeG señala que el SAT premió a las autoridades jaliscienses condonándoles una obligación fiscal
GUADALAJARA, JALISCO (24/JUN/2013).- Que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) federal condonara adeudos a instituciones gubernamentales de Jalisco que incumplieron con el reporte del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un acto que emite una señal de impunidad sobre manejos financieros que, en realidad, son equiparables a la defraudación fiscal: un delito.
Así lo afirma el especialista Horacio González Vázquez, presidente de la Academia de Derecho Fiscal de la División de Estudios Jurídicos de la Universidad de Guadalajara, al referirse a casos como los de los ayuntamientos de Guadalajara y de Tonalá, el Congreso del Estado y hasta algunas dependencias del Gobierno estatal, que retuvieron parte del salario de sus trabajadores para pagar el ISR al fisco, pero usaron ese dinero para otros fines, como pagar pasivos.
No obstante, en lugar de que el SAT les exigiera el pago por los adeudos que generaron por incumplir esa obligación, fueron “premiados” con un “borrón y cuenta nueva”. Por los casos hechos públicos hasta ahora las condonaciones ascienden en conjunto a más de 394 millones de pesos.
“Ellos tenían la obligación de enterar ese impuesto a la Federación; cuando existen este tipo de condonaciones se mandan mensajes perniciosos de impunidad: además de que incumplen una obligación sustantiva, es también una conducta típica de delito. El Artículo 109 del Código Fiscal federal establece los supuestos equiparables a la defraudación, y éste es uno de los contenidos en ese numeral”.
La fracción II del artículo cita: comete defraudación fiscal quien “omita enterar a las autoridades fiscales, dentro del plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado”. Subraya que así, aunque “hay una obligación constitucional de contribuir y existen leyes específicas que le asignan responsabilidad en este caso a los empleadores, para que sean ellos los que retengan y enteren, es el propio Estado (mexicano) el que rompe esos esquemas virtuosos de un Estado de derecho”.
Así lo afirma el especialista Horacio González Vázquez, presidente de la Academia de Derecho Fiscal de la División de Estudios Jurídicos de la Universidad de Guadalajara, al referirse a casos como los de los ayuntamientos de Guadalajara y de Tonalá, el Congreso del Estado y hasta algunas dependencias del Gobierno estatal, que retuvieron parte del salario de sus trabajadores para pagar el ISR al fisco, pero usaron ese dinero para otros fines, como pagar pasivos.
No obstante, en lugar de que el SAT les exigiera el pago por los adeudos que generaron por incumplir esa obligación, fueron “premiados” con un “borrón y cuenta nueva”. Por los casos hechos públicos hasta ahora las condonaciones ascienden en conjunto a más de 394 millones de pesos.
“Ellos tenían la obligación de enterar ese impuesto a la Federación; cuando existen este tipo de condonaciones se mandan mensajes perniciosos de impunidad: además de que incumplen una obligación sustantiva, es también una conducta típica de delito. El Artículo 109 del Código Fiscal federal establece los supuestos equiparables a la defraudación, y éste es uno de los contenidos en ese numeral”.
La fracción II del artículo cita: comete defraudación fiscal quien “omita enterar a las autoridades fiscales, dentro del plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado”. Subraya que así, aunque “hay una obligación constitucional de contribuir y existen leyes específicas que le asignan responsabilidad en este caso a los empleadores, para que sean ellos los que retengan y enteren, es el propio Estado (mexicano) el que rompe esos esquemas virtuosos de un Estado de derecho”.