Jalisco

Aplican folios a automovilistas conforme a nueva ley

Policía Vial expide sanciones con los montos mínimos establecidos en la norma

GUADALAJARA, JALISCO (14/AGO/2013).- Aunque está en proceso la reglamentación de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco que se publicó el sábado pasado, existen sanciones por infringir la norma que ya se aplican con la entrada en vigor de la norma, informó el Comisario de la Policía Vial, Francisco Poe Morales.
 
"Lo que está aprobado se puede aplicar, una vez que se promulgó la ley tenemos que ejercerla, o sea, tenemos que aplicarla", por el momento se sanciona con los montos mínimos establecidos en la norma, dijo.
 
El funcionario mencionó que se está realizando un convenio con la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas (Sepaf) para que se puedan cobrar las multas.
 
"(El convenio) sería para manejar los criterios en cuanto a la calificación en mínimo, en medio y máximo, eso es lo que se está viendo".
 
Hay temas en los que aún no se sancionará conforme a la nueva ley, es el caso de las modificaciones relacionadas con los conductores ebrios, será necesario esperar hasta que esté listo el reglamento.
 
Poe Morales comentó que están aplicando folios por faltas como: pasadas de alto, estacionarse en doble fila o lugar prohibido, circular sin casco en el caso de los motociclistas, no portar placas o licencias, participar en un choque y ser responsables, entre otras.
 
Por su parte, diputados priistas informaron de una serie de artículos que deberán reglamentarse al existir una nueva Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco entre ellos sanciones administrativas, el establecimiento de reglas para la aplicación, calificación y fijación de infracciones, el tema de fotoinfracción, las obligaciones y derechos de los usuarios de la movilidad, personas con discapacidad, adultos mayores, escolares, peatones, la movilidad no motorizada, entre otros; el sistema tarifario, las normas técnicas de los diferentes vehículos, así como la expedición de licencias, placas y la publicidad móvil.
 
También se deberá contar con los reglamentos específicos de los ayuntamientos donde está municipalizado el servicio de vialidad y tránsito, las atribuciones de la Policía Vial para la aplicación general de la ley, el conocimiento y procedimientos derivados de las infracciones a la norma, al igual que los protocolos de su servicio y las medidas de seguridad que se aplican en el retiro de los vehículos de la circulación.
 
Asimismo, el caso del Instituto de Movilidad que requiere su propio decreto de creación y reglamento; el tema de la conurbación para establecer los servicios, instancias de coordinación, sujetos de aplicación, delimitación y en los casos en que no intervenga el Estado, la reglamentación que formulen los ayuntamientos correspondientes; el Registro Estatal Vehicular de transporte público y de licencias, los protocolos para la aplicación de alcoholimetrías y sus consecuencias, al igual que toda la materia de Transporte Público incluyendo su regularización y restructuración, entre otros aspectos.
 
EL INFORMADOR / LETICIA FONSECA

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