Ideas

La iniciativa de Zamora

Vaya con las sorpresas que da el diputado federal por Jalisco, Arturo Zamora. El lunes, se amanece uno con la noticia de que estaría por votarse en comisión una iniciativa suya para encarcelar a quien calumnie a un candidato. Dos vueltas a la redacción de la iniciativa, un paseíllo por la jurisprudencia, un vistazo al twitter y una conclusión: ¿Zamora enloqueció?
Un día después se amanece uno con la más sorprendente noticia de que la iniciativa fue retirada. Otro paseíllo por los diarios, otro vistazo al twitter y la luz se hace: el priista escuchó la alarma y, como no había enloquecido, optó por quitar la propuesta, mientras busca una alternativa. Vale la pena detenerse en la iniciativa, en lo que le dio origen y en la pugna de derechos que está presente en esta discusión. Cuando Arturo Zamora fue candidato priista a la gubernatura de Jalisco, su imagen sufrió uno de los peores embates que se han dado en la política local. Lo acusaban directamente de tener nexos con narcos y, unos días antes de la elección, la PGR acordonó su casa como si fuera la escena de un delito en CSI. Ninguna denuncia se interpuso contra él. Las elecciones se llevaron a cabo, los panistas ganaron, dijeron que todo era cosa de campaña y olvidaron el tema. Pero Zamora no lo olvidó: él perdió no sólo la gubernatura, sino la credibilidad, y limpiar su imagen ha sido arduo. Actualmente, la ley da facultades a los institutos electorales para sancionar estas conductas, pero fuera de las multas de estos organismos y las sanciones civiles, no hay cárcel para quienes acaben con el prestigio de un político. Por eso Zamora proponía reincorporar el tema al código penal, para castigar con prisión a quienes injurien a un candidato o precandidato o autoridad electoral. La gente lo leyó como un ataque a la libertad de expresión. Como Zamora no tenía intención de ello, retiró la iniciativa, pero aún busca la forma de proteger el prestigio individual de un candidato. Sin embargo, esa protección, bajo cualquier formato, choca contra tratados internacionales y tesis ya aprobadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La noción básica, aceptada por la Corte y por organismos como la OEA, descansa sobre dos preceptos básicos. El primero es que el control ciudadano sobre funcionarios y políticos fomenta la responsabilidad, y eso justifica un amplio margen de protección a las opiniones en el debate público. El segundo precepto aborda directamente la inquietud del abogado priista y señala que las personas con responsabilidad pública tienen un umbral distinto de protección por tres razones: porque sus actividades son de interés público, porque están expuestas voluntariamente y porque su posición les da mayor capacidad de reacción que la que tiene un ciudadano de a pie.  No pueden tener un blindaje mayor, ni equivalente, al de un ciudadano. El ejemplo de Zamora es paradigmático. Muy pocos políticos habrán sufrido un ataque de injurias como él. Y ahí está, y nos interesan sus asuntos, y sigue voluntariamente bajo el escrutinio, y es hoy, otra vez, una voz autorizada.
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