Entretenimiento
LOS ANTEOJOS DE BASKERVILLE
Carlos Lara
El pasado jueves quedó constituida en la ciudad de Puebla la Conferencia Nacional de Instituciones Municipales de Cultura, la versión municipal de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago). Los antecedentes de este arranque municipalista de apoyo a la cultura tiene dos reuniones anteriores, la celebrada en Chihuahua en 2005 y la de Mérida en 2006.
Durante años, el personaje central de la trama jurídica de nuestro país fue sólo la nación. Luego del Movimiento de Independencia, el Estado se encargó de seleccionar los bienes simbólicos que confeccionarían el discurso nacionalista que daría forma al desarrollo nacional. Hoy, los municipios quieren formar parte central de la nueva trama jurídico-administrativa del país, ya no en calidad de extras, sino de co-protagonistas, al igual que la Conago.
El tema de la distribución de los recursos públicos entre los órdenes de gobierno ha estado presente en México desde el Siglo XIX. Las constituciones de 1824 y 1857 no lograron delimitar las competencias entre los tres niveles de gobierno, así que se optó por recurrir a un sistema de coincidencias de facultades tributarias que fueron sostenidas por la Constitución de 1917. Dicho sistema se transformó con el tiempo, particularmente a partir del sistema de participaciones de 1922 y la realización de las convenciones fiscales celebradas en 1925, 1933 y 1947.
Lo mismo ocurrió con la legislación fiscal en la materia que en los años 90 cobró un especial impulso en el combate a la pobreza mediante el recordado programa “Solidaridad”. El gobierno federal transfirió a estados y municipios el 23% de los recursos del entonces ramo 26, porcentaje que creció al 65% al final de los 90.
En 1998, producto de las reformas al sistema de transferencias, se incorporaron en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), los Fondos de Aportaciones Federales o Ramo 33. Se logró con esto institucionalizar conceptos de gasto social desconcentrado, federalizado o en proceso de desconcentración, dispersos hasta entonces en diversos ramos del presupuesto de egresos.
En el marco de la constitución de esta nueva Conferencia de Institutos de Cultura, directores de 26 institutos plantearon la necesidad establecer nuevas formas de vinculación con las áreas estratégicas de educación, turismo, medio ambiente e industrias culturales, así como la creación de nuevos mecanismos de distribución presupuestal, entre ellos un Ramo 33 para la cultura. Lo anterior puede resultar atractivo para un municipalista envuelto en la bandera del federalismo. Es verdad que es el municipio el asiento de la democracia y el primero de los niveles de gobiernos en el que se palpa de mejor forma el rostro de la política.
En ese sentido, resulta legítimo el deseo de estos entusiastas municipalistas por tratar de diseñar un federalismo cultural, pero que no se pierda de vista que el municipio es también la base misma de un sistema jurídico que tiene reglas de operación. Tratar de impulsar la idea de un Ramo 33 para la cultura a la primera, sería ignorar la existencia de los mecanismos de distribución municipal existentes en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.
Por otro lado, le restaría al Congreso de la Unión una de sus principales facultades. Etiquetar presupuestos en forma temática generaría una indisciplina presupuestal innecesaria. Además, y no es por aguar la fiesta a nadie, pero ¿de dónde se extraerían los recursos?
Durante años, el personaje central de la trama jurídica de nuestro país fue sólo la nación. Luego del Movimiento de Independencia, el Estado se encargó de seleccionar los bienes simbólicos que confeccionarían el discurso nacionalista que daría forma al desarrollo nacional. Hoy, los municipios quieren formar parte central de la nueva trama jurídico-administrativa del país, ya no en calidad de extras, sino de co-protagonistas, al igual que la Conago.
El tema de la distribución de los recursos públicos entre los órdenes de gobierno ha estado presente en México desde el Siglo XIX. Las constituciones de 1824 y 1857 no lograron delimitar las competencias entre los tres niveles de gobierno, así que se optó por recurrir a un sistema de coincidencias de facultades tributarias que fueron sostenidas por la Constitución de 1917. Dicho sistema se transformó con el tiempo, particularmente a partir del sistema de participaciones de 1922 y la realización de las convenciones fiscales celebradas en 1925, 1933 y 1947.
Lo mismo ocurrió con la legislación fiscal en la materia que en los años 90 cobró un especial impulso en el combate a la pobreza mediante el recordado programa “Solidaridad”. El gobierno federal transfirió a estados y municipios el 23% de los recursos del entonces ramo 26, porcentaje que creció al 65% al final de los 90.
En 1998, producto de las reformas al sistema de transferencias, se incorporaron en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), los Fondos de Aportaciones Federales o Ramo 33. Se logró con esto institucionalizar conceptos de gasto social desconcentrado, federalizado o en proceso de desconcentración, dispersos hasta entonces en diversos ramos del presupuesto de egresos.
En el marco de la constitución de esta nueva Conferencia de Institutos de Cultura, directores de 26 institutos plantearon la necesidad establecer nuevas formas de vinculación con las áreas estratégicas de educación, turismo, medio ambiente e industrias culturales, así como la creación de nuevos mecanismos de distribución presupuestal, entre ellos un Ramo 33 para la cultura. Lo anterior puede resultar atractivo para un municipalista envuelto en la bandera del federalismo. Es verdad que es el municipio el asiento de la democracia y el primero de los niveles de gobiernos en el que se palpa de mejor forma el rostro de la política.
En ese sentido, resulta legítimo el deseo de estos entusiastas municipalistas por tratar de diseñar un federalismo cultural, pero que no se pierda de vista que el municipio es también la base misma de un sistema jurídico que tiene reglas de operación. Tratar de impulsar la idea de un Ramo 33 para la cultura a la primera, sería ignorar la existencia de los mecanismos de distribución municipal existentes en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.
Por otro lado, le restaría al Congreso de la Unión una de sus principales facultades. Etiquetar presupuestos en forma temática generaría una indisciplina presupuestal innecesaria. Además, y no es por aguar la fiesta a nadie, pero ¿de dónde se extraerían los recursos?