Economía
El trabajo doméstico tendrá prestaciones
Con su publicaicón en el DOF, se oficializa pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física
CIUDAD DE MÉXICO (27/AGO/2014).- Las personas que se desempeñan en las labores de limpieza, elaboración de alimentos y demás tareas domésticas en su hogar, deberán quedar inscritas, obligatoriamente, en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Lo anterior, conforme al acuerdo relativo a la autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos, que ayer publicó el Consejo Técnico de dicha institución en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El documento firmado el 26 de junio por el secretario general del IMSS, Juan Moisés Calleja García, incluye cuatro puntos, “de conformidad con el planteamiento presentado por la dirección general, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación”. El primero consiste en autorizar el pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento del o de los trabajadores domésticos. El segundo, autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso, establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, que permitan agilizar la incorporación de los trabajadores domésticos al régimen obligatorio.
Lo anterior, conforme al acuerdo relativo a la autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos, que ayer publicó el Consejo Técnico de dicha institución en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El documento firmado el 26 de junio por el secretario general del IMSS, Juan Moisés Calleja García, incluye cuatro puntos, “de conformidad con el planteamiento presentado por la dirección general, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación”. El primero consiste en autorizar el pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento del o de los trabajadores domésticos. El segundo, autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso, establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, que permitan agilizar la incorporación de los trabajadores domésticos al régimen obligatorio.