Jueves, 25 de Abril 2024

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Iniciativas estériles

Por: Eduardo Escoto

Iniciativas estériles

Iniciativas estériles

El Himno Nacional Mexicano compuesto por Jaime Nunó tuvo un proceso de arraigo muy dilatado. Tras su selección en 1854 cayó en el olvido hasta los albores del siglo XX, siendo revalorado en los últimos años de la pax porfiriana, aunque pudo lograr el apego necesario para garantizar su continuidad en el régimen post revolucionario.

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No obstante, el primer decreto para regular su ejecución fue publicado en 1943 por el presidente Ávila Camacho. Se buscaba evitar interpretaciones propias, dándole un sentido invariable y supuestamente unívoco al menos en lo formal, algo muy representativo del régimen.

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De ahí deriva la “Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales”, vigente desde 1984. En ella se establece que la ejecución del himno deberá apegarse “a la letra y música de la versión establecida en la presente Ley” (artículo 38), prohibiéndose “alterar la letra o música” y su empleo “en composiciones o arreglos” (artículo 39).

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Por ello se requieren permisos especiales para ejecutar obras basadas en la música del Himno Nacional, como la fantasía para piano compuesta por Ricardo Castro en 1885. Por el mismo motivo se ha penado a los responsables de malas interpretaciones del himno realizadas en espectáculos públicos, pues se consideran como transformaciones.

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En días recientes, el senador Manuel Bartlett Díaz, del Partido del Trabajo ha presentado una iniciativa para reformar dicha ley, a fin de que la música del Himno Nacional Mexicano pueda transportarse cuando sea necesario, afirmando que la tonalidad de Do mayor establecida en la ley no es favorable para ser cantada por coros infantiles, lo cual puede provocar —según dice— “daños irreversibles” a los niños que intentan cantarlo.

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Vale la pena discutir la rigidez de la ley en cuestión, pero presentar la iniciativa como una medida para proteger la integridad de los niños que quieren cantar el himno no parece tener otro afán que el de un lucimiento personal mal entendido. Si algún niño sufre un “daño irreversible” de tipo fisiológico cantando en un coro será culpa de quien dirige el ensamble, y no de la partitura.

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Por cierto, en el decreto de 1943 el himno aparece ya en Do mayor, aunque la versión más usual en el siglo XIX estaba todavía más alta, en Mi bemol mayor.

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Bartlett tuvo un papel preponderante en la elaboración de la ley de 1984 pues estaba a cargo de la Secretaria de Gobernación. Trata ahora de revivir viejas glorias en tiempos pre-electorales, cuando cualquier acción -por estéril que sea- vale, mientras asegure un momento bajo los reflectores.

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